Ignacio Pemán Gavín
[23/07/2013]
Documentos Vinculados
1.- ANTECEDENTES
a) Regulación municipal:
- Ordenanza de circulación de peatones y ciclistas de Zaragoza (BOPZ 22-4-09)
- Otras Ordenanzas: Sevilla, San Sebastián…
b) Jurisprudencia:
- ST TSJ Aragón 17-2-2012: Ordenanza ZGZ
- ST TS 8-10-2010 y 8-3-2011: Ordenanza Sevilla
2.- REGULACIÓN CONTROVERTIDA
a) Las bicicletas pueden circular por zonas peatonales: aceras, parques y paseos
b) Las bicicletas pueden circular a velocidad anormalmente reducida por calzadas
c) Las bicicletas pueden circular por aceras en sentido contrario (viales de un solo sentido)
3.- MOTIVO ESENCIAL DE ANULACIÓN
Las competencias normativas de las Corporaciones locales deben ejercerse dentro del marco de la legislación estatal de seguridad vial y vehículos a motor
“sin posibilidad por tanto de ejercer funciones de cambio de conceptuación legal de qué se entienda por vehículo, de modificar al alza en vía urbana velocidades de los vehículos o de modificar la definición legal de qué sean aceras o zonas peatonales” (ST TSJ Aragón 17-2-2012)
4.- ESPACIOS DESTINADOS A LA CIRCULACIÓN DE BICICLETAS
a) Específicos para bicicletas
- Vía ciclista protegida
- Vía ciclista señalizada
* Vías pacificadas: 30 km/h, prioridad sobre coche, 1 único carril