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LEY 4/2017, DE 13 DE JULIO, DEL SUELO Y DE LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS DE CANARIAS

Nueva Ley de suelo y espacios naturales de Canarias.

[05/09/2017]

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Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias
 
 
El Boletín Oficial de Canarias número 138, de fecha 19 de julio de 2017, publicó la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, cuya entrada en vigor se producirá el 1 de septiembre de 2017.
 
 
Dicha norma tiene como objetivo esencial, tal como señala su preámbulo, establecer una regulación del suelo que cumpla una “función ordenadora y protectora... sin detrimento de ninguno de los objetivos ambientales, territoriales y urbanísticos”, de manera que supere las limitaciones derivadas “de la profusión del conjunto de leyes y reglamentos” y de la “complejidad de las reglas” recogidas en el marco normativo preexistente; marco normativo que se califica expresamente como “una carga injustificada” que dificulta e impide el desarrollo racional y sostenible.
 
 
Se pretende, por tanto, con fundamento en el principio de desarrollo sostenible, “facilitar la actividad económica y social en los suelos aptos para ser desarrollados y recuperados, renovando las reglas aplicables, y, en paralelo, mantener la protección y conservación de los espacios y suelos más valiosos de las islas”.
 
 
Para ello, la Ley simplifica, racionaliza y actualiza las reglas aplicables para la protección, ordenación y utilización del territorio. Así, pretende “reducir cargas y trámites excesivos e innecesarios (así como sustituir la licencia previa por la comunicación en cuantos ámbitos sea admisible, de igual modo que eliminar los supuestos de doble título habilitante), y, simultáneamente, clarificar los procedimientos que guían la acción de las distintas administraciones públicas y sus relaciones (como la integración de la evaluación ambiental en los procedimientos de elaboración y aprobación de los instrumentos de planeamiento)”; así como también racionalidad el régimen vigente “mediante una reordenación de las reglas y de los instrumentos de intervención sobre el suelo en aras de conseguir la claridad y la certidumbre, evitar duplicidades e incoherencias (es preciso aclarar los campos de acción del planeamiento insular y del plan general), eliminar la dispersión normativa (como sucede con las normas reguladoras del suelo rústico) y, también, actuar sobre los excesos regulatorios (introduciendo un principio de contención en las normas y los planes). Y, por último, actualiza “la normativa que regula la protección, la ordenación y el uso del suelo de las islas, de modo que la misma dé respuesta a las nuevas necesidades (como la renovación de la ciudad consolidada)”.
 
 
La Ley íntegra todas las normas que regulan “la protección, la ordenación y el uso del suelo, incluyendo aquéllas que ordenan los espacios naturales” y, así mismo, “en aras de la simplificación y la eficacia”, contiene “cuantas normas de aplicación directa sean posibles, reduciendo la necesidad de desarrollos reglamentarios”, tal como señala su preámbulo; y, así mismo, deroga, entre otras, las siguientes normas:
 
 
- El Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, con excepción del anexo de reclasificación de los espacios naturales de canarias.
 
 
- La disposición adicional segunda y las disposiciones transitorias primera y tercera de la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias.
 
 
 
- Las Directrices de Ordenación General y su memoria contenidas en el anexo de la Ley 19/2003, de 14 de abril, continuando en vigor las Directrices de Ordenación del Turismo.
 
 
- La Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo, salvo los artículos 5, 12, 17.2 y 3, 19 a 22, y la disposición adicional quinta, las disposiciones transitorias y la disposición final que se mantienen vigentes.
 
 
- La Ley 1/2013, de 25 de abril, de modificación del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, salvo la disposición adicional segunda.
 
 
- La Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales, salvo las disposiciones adicionales séptima, novena, décima, decimotercera, vigésima y vigesimocuarta, y las disposiciones finales primera y tercera, que se mantienen vigentes.
 
 
- La Ley 3/2015, de 9 de febrero, sobre tramitación preferente de inversiones estratégicas para Canarias.
 
 
- La disposición final segunda de la Ley 9/2015, de 27 de abril, de modificación de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias, y de otras leyes.

 
Puede acceder al contenido de la citada norma mediante el siguiente enlace.
https://www.boe.es/ccaa/boc/2017/138/j20238-20554.pdf
 
 
 
Germán Jiménez
Abogado Derecho Urbanístico
CONSULTORES URBANISMO